El procedimiento sancionador

En el desarrollo de la clase del pasado miércoles, uno de los temas que tocamos fue lo referente a las sanciones y el procedimiento sancionador en materia administrativa. Este procedimiento no es más que el que la Administración (el Estado) está facultada para llevar a cabo contra el administrado por violación a una ley que no conlleve pena privativa de libertad. Dentro de este procedimiento, luego de dictada la decisión, existen diferentes recursos que pueden ser agotados a los fines de revocar lo que la Administración ha decidido. Pero del procedimiento que quiero hablarte hoy, tendrá un solo juicio, una sola decisión y no habrá apelación, reconsideración o revisión de la decisión que se tome.  

 La Palabra de Dios dice en Mateo 25:31-46 Cuando el Hijo del Hombre venga en su gloria, y todos los santos ángeles con él, entonces se sentará en su trono de gloria, y serán reunidas delante de él todas las naciones; y apartará los unos de los otros, como aparta el pastor las ovejas de los cabritos. Y pondrá las ovejas a su derecha, y los cabritos a su izquierda. Entonces el Rey dirá a los de su derecha: Venid, benditos de mi Padre, heredad el reino preparado para vosotros desde la fundación del mundo. Porque tuve hambre, y me disteis de comer; tuve sed, y me disteis de beber; fui forastero, y me recogisteis; estuve desnudo, y me cubristeis; enfermo, y me visitasteis; en la cárcel, y vinisteis a mí. Entonces los justos le responderán diciendo: Señor, ¿cuándo te vimos hambriento, y te sustentamos, o sediento, y te dimos de beber? ¿Y cuándo te vimos forastero, y te recogimos, o desnudo, y te cubrimos? ¿O cuándo te vimos enfermo, o en la cárcel, y vinimos a ti? Y respondiendo el Rey, les dirá: De cierto os digo que en cuanto lo hicisteis a uno de estos mis hermanos más pequeños, a mí lo hicisteis. Entonces dirá también a los de la izquierda: Apartaos de mí, malditos, al fuego eterno preparado para el diablo y sus ángeles. Porque tuve hambre, y no me disteis de comer; tuve sed, y no me disteis de beber; fui forastero, y no me recogisteis; estuve desnudo, y no me cubristeis; enfermo, y en la cárcel, y no me visitasteis. Entonces también ellos le responderán diciendo: Señor, ¿cuándo te vimos hambriento, sediento, forastero, desnudo, enfermo, o en la cárcel, y no te servimos? Entonces les responderá diciendo: De cierto os digo que en cuanto no lo hicisteis a uno de estos más pequeños, tampoco a mí lo hicisteis. E irán éstos al castigo eterno, y los justos a la vida eterna. También dice en Juan 3:18 El que cree en Él no es condenado; pero el que no cree, ya ha sido condenado, porque no ha creído en el Nombre del unigénito Hijo de Dios”.

 RECUERDA, TODOS TENDREMOS QUE COMPARECER ANTE DIOS EN EL JUICIO. ES UN ÚNICO JUICIO O PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. SI HEMOS, EN VIDA, ACEPTADO A CRISTO JESÚS COMO ÚNICO Y SUFICIENTE SALVADOR Y COMO REY Y SEÑOR DE NUESTRAS VIDAS, ENTONCES TENDREMOS VIDA ETERNA Y SALDREMOS DESCARGADOS DEL JUICIO. SI NO LE ACEPTAMOS ENTONCES SEREMOS CONDENADOS Y EL FUEGO ETERNO Y LA SEPARACIÓN COMPLETA Y ETERNA DE DIOS NOS ESPERA. ACÉPTALO HOY, MAÑANA PUEDE SER TARDE. ¿YA LO TIENES EN TU VIDA? RECUERDA TAMBIÉN EN ESE VEREDICTO NO EXISTIRÁ APELACIÓN O RECURSO ALGUNO.

Dios te bendiga,

Luis Manuel Polanco Schott

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