2 Cuando el hombre tuviere en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca, y hubiere en la piel de su cuerpo como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.
3 Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo.
4 Y si en la piel de su cuerpo hubiere mancha blanca, pero que no pareciere más profunda que la piel, ni el pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días.
5 Y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días.
6 Y al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha cundido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio: era erupción; y lavará sus vestidos, y será limpio.
7 Pero si se extendiere la erupción en la piel después que él se mostró al sacerdote para ser limpio, deberá mostrarse otra vez al sacerdote.
8 Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.
10 Y éste lo mirará, y si apareciere tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva,
11 es lepra crónica en la piel de su cuerpo; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
12 Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, de modo que cubriere toda la piel del llagado desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote,
13 entonces éste le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado; toda ella se ha vuelto blanca, y él es limpio.
17 y el sacerdote mirará; y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga, y será limpio.
19 y en el lugar del divieso hubiere una hinchazón, o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote.
20 Y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más profunda que la piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra que se originó en el divieso.
21 Y si el sacerdote la considerare, y no apareciere en ella pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días;
23 Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido, es la cicatriz del divieso, y el sacerdote lo declarará limpio.
24 Asimismo cuando hubiere en la piel del cuerpo quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca,
25 el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y ésta pareciere ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará inmundo, por ser llaga de lepra.
26 Mas si el sacerdote la mirare, y no apareciere en la mancha pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino que estuviere oscura, le encerrará el sacerdote por siete días.
27 Y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; y si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra.
28 Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que estuviere oscura, es la cicatriz de la quemadura; el sacerdote lo declarará limpio, porque señal de la quemadura es.
30 el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere ser más profunda que la piel, y el pelo de ella fuere amarillento y delgado, entonces el sacerdote le declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31 Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere ser más profunda que la piel, ni hubiere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña;
32 y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo amarillento, ni pareciere la tiña más profunda que la piel,
33 entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña.
34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere ser más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; y lavará sus vestidos y será limpio.
36 entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo amarillento; es inmundo.
37 Mas si le pareciere que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y limpio lo declarará el sacerdote.
39 el sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel; está limpia la persona.
42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca rojiza, lepra es que brota en su calva o en su antecalva.
43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la piel del cuerpo,
45 Y el leproso en quien hubiere llaga llevará vestidos rasgados y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡inmundo!
46 Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro, y habitará solo; fuera del campamento será su morada.
49 y la plaga fuere verdosa, o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquiera obra de cuero; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote.
51 Y al séptimo día mirará la plaga; y si se hubiere extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será.
52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquiera obra de cuero en que hubiere tal plaga, porque lepra maligna es; al fuego será quemada.
53 Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquiera obra de cuero,
54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días.
55 Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.
56 Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
57 Y si apareciere de nuevo en el vestido, la urdimbre o trama, o en cualquiera cosa de cuero, extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello en que estuviere la plaga.
58 Pero el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquiera cosa de cuero que lavares, y que se le quitare la plaga, se lavará segunda vez, y entonces será limpia.
2 Cuando a una persona le salga en la piel alguna inflamación, erupción o mancha blancuzca que pueda convertirse en infección, se le llevará al sacerdote Aarón, o a alguno de sus descendientes los sacerdotes.
3 El sacerdote examinará la llaga. Si el vello en la parte afectada se ha puesto blanco y la llaga se ve más hundida que la piel, entonces se trata de una enfermedad infecciosa. Después de examinar a la persona, el sacerdote la declarará impura.
4 Si la mancha blancuzca no se ve más hundida que la piel, ni el vello se le ha puesto blanco, el sacerdote aislará a la persona enferma durante siete días,
5 y al séptimo día la examinará de nuevo. Si juzga que la infección no ha seguido extendiéndose sobre la piel, aislará a esa persona otros siete días.
6 Cumplidos los siete días, el sacerdote la examinará otra vez, y si el mal no se ha extendido sobre la piel sino que ha disminuido, la declarará pura. No era más que una erupción, así que la persona enferma se lavará la ropa y quedará pura.
7 Si la erupción se le sigue extendiendo sobre la piel luego de haberse presentado ante el sacerdote para su purificación, la persona enferma tendrá que volver a presentarse ante él.
8 El sacerdote la examinará, y si la erupción se ha extendido sobre la piel, declarará impura a esa persona, pues se trata de una enfermedad infecciosa.
10 quien la examinará. Si ocurre que la inflamación y el vello se han puesto blancos, y se ve la carne viva,
11 se trata de una infección crónica. El sacerdote declarará impura a tal persona. Pero no hará falta aislarla otra vez, porque ya se sabe que es impura.
12 Si la infección se ha extendido sobre la piel de tal manera que, hasta donde el sacerdote pueda ver, cubre toda la piel de la persona enferma,
13 entonces el sacerdote la examinará. Si ve que la infección le cubre todo el cuerpo, la declarará pura. Esa persona es pura porque todo el cuerpo se le ha puesto blanco.
15 Cuando el sacerdote examine la carne viva, declarará impura a esa persona. La carne viva es impura, pues se trata de una enfermedad infecciosa.
17 para que la examine. Si la llaga se le ha puesto blanca, el sacerdote declarará pura a esa persona, y en efecto lo será.
19 pero en el sitio del absceso le aparece una inflamación blancuzca, o una mancha rojiza, deberá presentarse ante el sacerdote
20 para que lo examine. Si la inflamación se ve más hundida que la piel y el vello se le ha puesto blanco, el sacerdote lo declarará impuro. Se trata de una enfermedad infecciosa que ha brotado en el sitio donde estaba el absceso.
21 Pero si, al examinar al enfermo, encuentra el sacerdote que el vello no se le ha puesto blanco, y que el absceso no se ve más hundido que la piel sino que ha disminuido, entonces aislará al enfermo durante siete días.
22 Si el absceso se extiende sobre la piel, declarará impuro al enfermo, pues se trata de una enfermedad.
23 Si el absceso no se desarrolla ni la mancha blanca se extiende sino que ha cicatrizado, declarará puro al enfermo.
25 el sacerdote deberá examinarla. Si el vello de la mancha se le ha puesto blanco, y la mancha misma se ve más hundida que la piel, se trata de una enfermedad infecciosa que brotó en el sitio de la quemadura. El sacerdote declarará impuro al enfermo, pues se trata de una infección.
26 Si al examinar la quemadura encuentra el sacerdote que el vello no se ha puesto blanco ni la mancha se ve más hundida que la piel, sino que ha disminuido, entonces aislará al enfermo durante siete días.
27 Al séptimo día el sacerdote volverá a examinarlo, y si observa que la mancha se ha extendido sobre la piel, lo declarará impuro, pues se trata de una infección.
28 En cambio, si la mancha blancuzca no ha seguido extendiéndose sobre la piel, se trata sólo de la inflamación de la quemadura. Entonces el sacerdote lo declarará puro, ya que se trata sólo de una quemadura cicatrizada.
30 el sacerdote deberá examinar la llaga. Si ésta se ve más hundida que la piel, y el pelo se ve amarillento y delgado, declarará impuro al enfermo. Se trata de tiña, que es una infección en la cabeza o en el mentón.
31 Pero si al examinar la llaga tiñosa el sacerdote ve que no está más hundida que la piel ni tiene pelo negro, aislará al enfermo de tiña durante siete días.
32 Al séptimo día el sacerdote deberá examinar otra vez al enfermo; si la tiña no se ha extendido, ni tiene pelo amarillento ni se ve más hundida que la piel,
33 entonces el enfermo se afeitará el pelo, pero no la parte afectada, y el sacerdote lo aislará otros siete días.
34 Al séptimo día el sacerdote volverá a examinar al enfermo; si la tiña no se ha extendido por la piel ni se ve más hundida que ésta, lo declarará puro. Entonces el enfermo se lavará la ropa y quedará puro.
36 el sacerdote deberá examinarlo. Si la tiña se ha extendido por toda la piel, ya no hará falta que el sacerdote busque pelo amarillento, porque el enfermo es impuro.
37 En cambio, si considera que la tiña no se ha desarrollado y nota que le ha crecido pelo negro, entonces el enfermo ha sanado. Es puro, y así deberá declararlo el sacerdote.
39 el sacerdote deberá examinarlas. Si las manchas resultan ser blancuzcas, se trata sólo de una erupción cutánea, de modo que la persona es pura.
42 Pero si en su calvicie de la nuca o de las sienes le aparece una llaga rojiza, se trata de una infección que le ha brotado en la parte calva.
43 El sacerdote deberá examinarlo. Si la inflamación es rojiza, parecida a las infecciones de la piel,
44 se trata entonces de una persona infectada e impura. El sacerdote la declarará impura por esa llaga en la cabeza.
45 La persona que contraiga una infección se vestirá de harapos y no se peinará; con el rostro semicubierto irá gritando: ¡Impuro! ¡Impuro!,
46 y será impuro todo el tiempo que le dure la enfermedad. Es impuro, así que deberá vivir aislado y fuera del campamento.
48 o éste aparezca en la urdimbre o trama del lino o de la lana, o en algún cuero o artículo de piel,
49 y su color sea verdusco o rojizo, se trata de una infección de moho, y deberá mostrársele al sacerdote,
51 Al séptimo día el sacerdote examinará la mancha. Si ésta se ha extendido en la ropa o en la urdimbre, o en la trama, o en el cuero o en cualquier artículo de piel, se trata de un moho corrosivo. Tal objeto es impuro.
52 Se le prenderá fuego a la ropa o a la urdimbre, trama, lana, lino o cualquier artículo de piel que haya sido infectado, porque se trata de un moho corrosivo. El objeto deberá ser quemado.
53 Si al examinar el objeto, el sacerdote observa que la mancha no se ha extendido sobre el vestido, ni sobre la urdimbre, trama, lana, lino, o cualquier artículo de cuero,
55 Una vez lavado el objeto, el sacerdote procederá a examinarlo. Si observa que la mancha no ha cambiado de aspecto, dicho objeto será considerado impuro aun cuando la mancha no se haya extendido. El objeto será quemado por estar corroído, sea por dentro o por fuera.
56 Si después de lavado el objeto, el sacerdote lo examina y observa que la mancha ha disminuido, deberá arrancar la parte manchada del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
57 Si la mancha reaparece en la ropa, en la urdimbre, en la trama o en cualquier artículo de piel, significa que ha vuelto a brotar. La parte infectada será quemada,
58 pero toda ropa, urdimbre, trama o artículo de piel que al lavarse pierda la mancha, se volverá a lavar, y el objeto quedará puro.